SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1404/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1404/2004-R

Fecha: 31-Ago-2004

III.3.

III.3. En la especie,  con la  valuación fiscal o avalúo catastral 597/2003 de 7 de julio,  por decreto de 5 de agosto de 2003 el Juez señaló día y hora de remate. El 21 de agosto los mandantes del recurrente formularon apelación e impugnaron el avalúo catastral, solicitando se  nombre un perito, empero, no fundamentaron su solicitud. En tanto se absolvía el traslado corrido por el  Juez, se realizó el remate el 26 de agosto, siendo adjudicado el bien objeto de subasta. Cabe recordar que en ejecución de sentencia las apelaciones se conceden en efecto devolutivo conforme al art. 518 del CPC, de modo que lo  decidido en fallos con calidad de cosa juzgada puede continuar siendo tramitado.

Tanto la decisión de  señalar audiencia de remate y efectuar éste sobre la base de la valuación fiscal, como la relativa  al rechazo de la impugnación del avalúo, que fue objeto de  reposición  con alternativa de apelación en caso de negativa -cuando en el  marco de la disposición anotada debió ser apelada directamente- fueron confirmadas por los vocales co-recurridos.

         En consecuencia, el Juez al disponer que el  remate se realice sobre la base del avalúo catastral y  al llevar adelante la subasta en ese marco, no  incurrió en acto ilegal alguno, así como tampoco los vocales co-demandados que confirmaron las decisiones del  juez pues se basaron en lo dispuesto por los arts. 534.I y 518 del CPC, plenamente aplicables a los casos de ambas apelaciones, razones que motivan la improcedencia del presente  amparo.