Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL1328/2004-R
Fecha: 17-Ago-2004
recurso de hábeas corpus
En revisión la Resolución de fs. 18 a 19 pronunciada el 26 de junio de 2004 por la Jueza de Sentencia de Quillacollo del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del recurso de hábeas corpus interpuesto por Pablo Eduardo Stambuk, en representación sin mandato de Carlos Gonzáles Cruz contra Blanca Chufardi, Gobernadora del Penal de “San Pablo”, alegando la vulneración de sus garantías reconocidas por los arts. 9 y 11 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- 1)
- procedente
- I.3 Trámite procesal en el Tribunal
- II.1
- II.2
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- los gobernadores de las cárceles pueden recibir al aprehendido prófugo, puesto que en esos casos no pueden exigir mandamiento alguno, dado que el mandamiento que le otorga legalidad a dicha aprehensión ya se encuentra en los registros del centro penitenciario de donde se hubiera fugado el detenido o apresado, pues asumiéndose que el imputado fugó es lógico razonar que contaba con un mandamiento de detención escrito y expedido por autoridad competente
- III.2