SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1529/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1529/2004-R

Fecha: 28-Sep-2004

II.8.

II.8.   Al no haberse ejecutado el mandamiento referido, el 14 de agosto de 2003 la recurrente solicitó un nuevo mandamiento de lanzamiento al Juez recurrido, conforme consta a fs. 58 a 59 de obrados, reiterando esta solicitud el 14 de octubre del mismo año (fs. 73), en virtud a ello, mediante Auto de 22 de octubre de 2003, el recurrido Juez Cuarto de Sentencia determinó que habiendo entregado la demandada María Zampieri la posesión del inmueble al FONVIS en liquidación, ya no correspondía disponer el desapoderamiento contra dicha Institución, manteniéndose en lo demás la ejecución del Auto de 29 de enero de 2003 que deberá cumplir la demandada (fs. 76-77). Ante esta decisión, la recurrente interpuso el recurso de apelación (fs. 78-80), que fue resuelto por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Distrito  mediante Auto de Vista 487/03 de 27 de noviembre, señalando que el Auto interlocutorio motivado 743/03 de 22 de octubre no está comprendido dentro de los presupuestos contenidos en la norma del art. 403 del CPP, por lo tanto aplicando la norma prevista en el art. 406 del procedimiento citado el recurso de apelación planteado era inadmisible (fs. 88).