Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1543/2004-R
Fecha: 27-Sep-2004
II.3.
II.3. El 8 de julio de 2003, el recurrente, nuevamente dirige notas al Alcalde de Caranavi Ubaldo Nina, poniendo es su conocimiento el problema de la afectación de su terreno (fs. 22 a 23), dirigiéndose igualmente al Director Distrital de Educación de Caranavi y reitera al Alcalde Municipal de dicha localidad, con el mismo propósito el 15 de abril y 20 de mayo de 2004 y ( fs. 24 a 26).