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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1543/2004-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1543/2004-R

    Fecha: 27-Sep-2004

    III.2.

    III.2. En cuanto al principio de inmediatez, la jurisprudencia constitucional sentada por el Tribunal Constitucional, establece que el recurso de amparo debe ser presentado dentro del término máximo de seis meses. En ese sentido se tiene las SC 1157/2003-R y 1459/2003-R, entre otras que señalan lo  siguiente: 

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • Fragmento 3
    • a)
    • Fragmento 5
    • improcedente
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • Fragmento 12
    • III.1.
    • Fragmento 14
    • III.2.
    • inmediata o hasta los seis meses,
    • APRUEBA

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