SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1558/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1558/2004-R

Fecha: 28-Sep-2004

a)

Las autoridades recurridas, elevando el informe de ley, señalaron lo que sigue: a) en ningún momento se vulneró el debido proceso, puesto que el ahora recurrente asumió su defensa de manera amplia; b) en el proceso seguido contra el Tte. Cnl. Luis Alberto Córdova Cardozo -ahora recurrente-, el 8 de octubre de 2003 el Tribunal Disciplinario Departamental por Resolución 41/2003 le absolvió, argumentando existir sólo prueba semi plena; resolución que elevada en consulta al Tribunal Disciplinario Superior fue resuelta, por Resolución 262/2003 de “19 de diciembre” (sic.), revocando la Resolución 41/2003 de 8 de octubre del Tribunal Disciplinario Departamental, de conformidad al art. 130 del RDSPN, resolvió pronunciarse en el fondo dictando sentencia condenatoria contra el ahora recurrente, por haber adecuado su conducta en las previsiones de los arts. 4 inc. “D” num. 1) y 18 inc. “d” del RDSPN, disponiendo además, su retiro temporal por el lapso de un año sin goce de haberes y con pérdida de antigüedad; c) no se vulneraron derechos fundamentales del procesado, prueba clara de ello, es que existen cuatro cuerpos de actuaciones procesales desde el 17 de julio de 2002 hasta el 29 de diciembre de 2003, por lo que solicitaron se declare improcedente el presente recurso.