SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1558/2004-R
Fecha: 28-Sep-2004
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente señala que los miembros del Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Nacional cometieron actos ilegales y omisiones indebidas en su contra, por cuanto dictaron sin fundamentación alguna la Resolución 262/2003, de 29 de diciembre, aplicando el art. 4 inc. “D” num. 1) del RDSPN, determinando su condena y suspendiéndole de sus funciones por un año sin sueldo ni antigüedad, por una falta que no fue procesada en el nivel anterior, es decir, le habrían declarado culpable de una conducta que no fue objeto del proceso que se le instauró; restringiendo y suprimiendo así sus derechos a la seguridad jurídica, a la defensa y la garantía del debido proceso. Corresponde analizar por ende si tales aseveraciones son ciertas, y si dan lugar o no a brindar la tutela que otorga el art. 19 de la CPE.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- procedente
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- debido proceso
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- APRUEBA
- I.2. Resolución de la Corte Superior de Santa Cruz
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- ante
- jurisdicción
- es competente)
- II.2.