SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0048/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0048/2005-R

Fecha: 18-Ene-2005

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La recurrente considera que dentro del proceso penal instaurado contra su esposo por el delito de giro defectuoso de cheque, las autoridades judiciales recurridas atentaron contra la seguridad jurídica y el debido proceso, por cuanto los querellantes, sin embargo de lo dispuesto por el art. 375 del CPP, no formularon  acusación particular, tampoco ofrecieron prueba en el juicio, al margen de que no  se especificó en Sentencia si la pena de cuatro años de privación de libertad es de presidio o reclusión, a lo que se añade que los vocales confirmaron la Sentencia apelada, argumentando que consta la judicialización de las pruebas ofrecidas, cuando en realidad no se ofreció prueba de cargo alguna; que, en ejecución de dicha Sentencia, se expidió el mandamiento de condena, que fue ejecutado el 17 de noviembre de este año, por lo que su esposo se encuentra privado de su libertad en el penal de Cantumarca. En consecuencia, corresponde verificar si tales extremos son evidentes y si constituyen restricción a los derechos fundamentales invocados, a fin de negar o conceder la tutela solicitada.