Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0081/2005
Fecha: 21-Oct-2005
I.3. Alegaciones de la parte recurrida
El recurrido Hernán Cortés Castillo, mediante nota de 22 de agosto de 2005, cursante a fs. 1867 del expediente original, remitió los antecedentes de la Resolución impugnada; y mediante memorial presentado el 26 de agosto de 2005, junto a los demás correcurridos, respondieron el recurso expresando que si bien es evidente que se allanaron a la recusación planteada por el recurrente, fue por haber vertido opinión al dictar el Auto de 12 de enero de 2004, que fue anulado por la SC 1489/2004-R, que dispuso que los vocales de la misma Sala dicten un nuevo Auto de Vista, por lo que sus actos se sujetaron al cumplimiento de la referida Sentencia.