Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1222/2005-R
Fecha: 03-Oct-2005
II.1.
II.1. Por testimonio 034/95, de 23 de enero de 1995, se acredita que Bertha Arce Velasco y María Eugenía Alborta Arce, herederas de Guillermo Alborta Velasco a quién se le extendió el título ejecutorial de 15 de noviembre de 1965, sobre la propiedad “San Felix”, ubicada en el cantón Coroico de la provincia Nor Yungas del departamento de La Paz, dieron en calidad de venta el indicado bien, a favor de Sergio Maldonado Arancibia (fs. 2 a 4 vta.).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- i)
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- y por lo mismo, para el caso de no reparar la lesión al momento de resolver el recurso ordinario, es quien tiene la legitimación pasiva para ser demandado, responder y cumplir lo que se ordene en esta jurisdicción si se presentare amparo”
- improcedente
- APRUEBA