Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1262/2005-R
Fecha: 14-Oct-2005
II.9.
II.9. Por Sentencia 71/2004, de 14 de octubre (fs. 27-29), la autoridad judicial demandada, declaró a la recurrente autora del delito de estafa imponiendo la pena de cinco años de reclusión por la comisión del delito de estafa. Conforme señala la parte actora así como la autoridad recurrida la decisión no fue impugnada.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- concedio”
- II.2.
- II.3.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- que implica a su vez, entre otros elementos
- se colocó al recurrente en absoluto estado de indefensión
- III.2.
- III.3.
- En consecuencia en adelante, tanto los jueces o tribunales de amparo como este Tribunal Constitucional emplearan esta terminología al resolver el fondo de la problemática planteada en el amparo constitucional”