SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1268/2005-R
Fecha: 07-Oct-2005
APRUEBA en parte
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19.IV y 120.7ª) de la CPE; arts. 7 inc. 8) y 102.V de la Ley del Tribunal Constitucional, con los fundamentos expuestos, APRUEBA en parte la Sentencia 69/2005, cursante de fs. 54 a 55 pronunciada el “14 de febrero de 2005” por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; y, en consecuencia REVOCA la determinación del Tribunal de amparo de dejar subsistente la Sentencia emitida y dispone la nulidad de obrados hasta que los vocales recurridos dicten nueva resolución con la facultad que les confiere el art. 15 de la LOJ, anulando obrados hasta que previamente se resuelva la excepción de incompetencia.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- a)
- i)
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- incompetencia en razón de la materia
- III
- Fragmento 16
- APRUEBA en parte