Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1268/2005-R
Fecha: 07-Oct-2005
i)
El tercero interesado refiere: i) el Tribunal Cuarto de Sentencia no podía conocer una causa que es enteramente civil, de conformidad a los arts. 26 y 124 de la Ley de Organización Judicial (LOJ); ii) al haber sido rechazados los incidentes planteados dentro del proceso penal apelaron de los mismos como la ley les faculta; iii) el tiempo transcurrido en resolver los fallos en apelación es enteramente ajeno a la voluntad de las partes.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- a)
- i)
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- incompetencia en razón de la materia
- III
- Fragmento 16
- APRUEBA en parte