Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1307/2005-R
Fecha: 14-Oct-2005
recurso de hábeas corpus
En revisión la Resolución 14/2005 cursante de fs. 110 a 113, pronunciada el 10 de agosto de 2005, por el Juez Tercero de Sentencia en lo Penal del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de hábeas corpus interpuesto por Héctor José Tapia Cortez, en representación sin mandato de Lilian Yolanda Flores contra Julia Parra, Jueza Segunda de Instrucción en lo Penal, alegando vulneración de su derecho a la libertad, previsto en el art. 6.II, de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- procedente
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- estos deben ser utilizados, previamente
- se activa cuando los medios de defensa existentes en el ordenamiento común, no sean los idóneos para reparar, de manera urgente, pronta y eficaz, el derecho a libertad ilegalmente restringido. No es posible acudir a este recurso, cuando el ordenamiento jurídico prevé medios de impugnación específicos y aptos para restituir el derecho a la libertad, en forma inmediata. Conforme a esto, solamente una vez agotado tal medio de defensa y ante la persistencia de la lesión, se podrá acudir a la jurisdicción constitucional, invocando la tutela que brinda el hábeas corpus"
- III.2.
- APROBAR