Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1375/2005-R
Fecha: 31-Oct-2005
II.1.
II.1. A denuncia de Elsa Quispe Llante, se evidencia que el 30 de agosto de 2005, funcionarios de la PTJ, se constituyeron en el domicilio ubicado en el callejón 1800 entre calle Carrasco de la zona de Miraflores, en el que procedieron a la inspección del inmueble, a versión de la denunciante, personas desconocidas habrían secuestrado a dos personas (fs. 10 a 12).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- i)
- III.2.
- es dirigido contra una autoridad distinta pero de la misma institución, rango o jerarquía e idénticas atribuciones, a la que cometió efectivamente el acto ilegal,
- “sólo tiene legitimación pasiva la autoridad que cometió el acto ilegal o la omisión indebida
- la misma institución policial, rango o jerarquía e idénticas atribuciones, a las que cometieron el acto u omisión ilegal.
- Fragmento 16
- APROBAR