Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1375/2005-R
Fecha: 31-Oct-2005
II.3.
II.3. Del informe de la autoridad recurrida se tiene que quien aprehendió a la recurrente que se encontraba en compañía de sus hijos fue Javier Ayala Céspedes y Paulo Saulo Mengoa en una acción directa de la Policía, mientras el Fiscal se encontraba realizando el registro de la escena del crimen, debido a que la misma es inquilina de un inmueble en el que se llevó a cabo un hecho ilícito en el que se denunció que participó una mujer (fs. 30 a 32 vta.).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- i)
- III.2.
- es dirigido contra una autoridad distinta pero de la misma institución, rango o jerarquía e idénticas atribuciones, a la que cometió efectivamente el acto ilegal,
- “sólo tiene legitimación pasiva la autoridad que cometió el acto ilegal o la omisión indebida
- la misma institución policial, rango o jerarquía e idénticas atribuciones, a las que cometieron el acto u omisión ilegal.
- Fragmento 16
- APROBAR