Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1409/2005-R
Fecha: 08-Nov-2005
II.4.
II.4. En mérito a la evaluación de 15 de noviembre de 2004 (fs. 33-34), en que el actor alcanzó 34.5 puntos, la autoridad recurrida concluyó: “Dado su desempeño en este periodo de prueba donde la comunicación con el director fue mínima, donde no se actuó con responsabilidad en la ejecución de los programas sanitarios no recomiendo su ratificación” (sic).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- a)
- b)
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- podrán ser impugnadas mediante un recurso de revocatoria
- APROBAR