Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1412/2005-R
Fecha: 08-Nov-2005
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
Con el derecho a la dúplica señaló que se habló de supuesto al señalar que la única conducta que puede alegarse sería la de apropiación indebida, lo que no supone un reconocimiento de un supuesto ilícito. Existe una tipificación incorrecta de los arts. 335 y 345 del CPP, así como una incorrecta valoración jurídica de la prejudicialidad, porque ésta establece que tienen que adecuarse los elementos constitutivos del tipo penal de estafa.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- a)
- i)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- si la decisión adoptada por la autoridad judicial tiene signos de incoherencia en su estructura de los fundamentos jurídicos, si la interpretación de las normas aplicables al caso concreto es correcta o si la prueba fue debidamente valorada o no
- III.2.
- APROBAR