Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1412/2005-R
Fecha: 08-Nov-2005
II.3.
II.3. El 11 de octubre de 2004, el Juez recurrido dictó Resolución aceptando la excepción prejudicial planteada, ordenando se suspenda el proceso hasta que la sentencia del proceso extrapenal adquiera ejecutoria (fs. 44). Contra dicha Resolución el recurrente recurrió en apelación, formulando recusación contra los vocales de la Sala Penal de la Corte Superior (fs. 47 a 50).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- a)
- i)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- si la decisión adoptada por la autoridad judicial tiene signos de incoherencia en su estructura de los fundamentos jurídicos, si la interpretación de las normas aplicables al caso concreto es correcta o si la prueba fue debidamente valorada o no
- III.2.
- APROBAR