Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1450/2005-R
Fecha: 14-Nov-2005
III.5.
III.5. Finalmente, si bien es evidente que en el momento de la interposición del recurso se encontraba pendiente la decisión de la Asamblea ordinaria, la que posteriormente aprobó por unanimidad la expulsión, esta determinación carece de legalidad, pilar básico del Estado de Derecho y soporte del principio de seguridad jurídica, por cuanto si bien conforme a lo normado en el art. 19 inc. b) del Estatuto de la Asociación, esta instancia tiene facultades para expulsar a los socios, ello debe ser resultado de un proceso donde se han cumplido las formalidades legales y no como en el caso presente en el que se conculcó el debido proceso en sus componentes desarrollados y pormenorizados.