SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1476/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1476/2005-R

Fecha: 22-Nov-2005

en la instancia municipal

  “En este contexto, se concluye, que en función de lo dispuesto por el art. 228 de la CPE y del art. 3.I inc. a) del Anexo al DS 26740 de 4 de agosto de 2002, es de preferente aplicación la Ley de Municipalidades a la problemática planteada; en cuyo mérito, en el caso concreto, debió haber sido  tramitado y resuelto en la instancia municipal, los recursos jerárquicos presentados por los actores, conforme además  preveé el DS 26319 de 15 de septiembre de 2001 en su art. 7, al disponer que las autoridades legales establecidas en su legislación especial aplicable -municipal- serán las competentes para resolver los recursos administrativos de revocatoria y jerárquico, derivados de procesos disciplinarios o emergentes de controversias sobre ingreso, promoción y retiro de sus carreras administrativas”.

  Sentencia que resolviendo la problemática declaró procedente el recurso, anulando obrados hasta el estado en que les fue negada la consideración del recurso jerárquico por parte del pleno del Concejo Municipal, a efectos de que dicho ente efectúe el pronunciamiento respectivo y resuelta la situación de los recurrente de ese amparo.