Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1519/2005-R
Fecha: 23-Nov-2005
II.3.
II.3. Por Auto de 7 de agosto de 2000 (fs. 7 vta.) el Juez de Partido Sexto en lo Civil aprobó el remate efectuado a favor de los terceros con interés legítimo conminando a la actora a extender la respectiva escritura pública de transferencia debidamente protocolizada a favor de los adjudicatarios dentro de tercer día, con el argumento de que la recurrente se limitó a pagar la obligación recién el 26 de julio de 2000, después de haberse producido el remate.