Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1519/2005-R
Fecha: 23-Nov-2005
II.5.
II.5. Mediante memorial presentado el 12 de noviembre de 2001 (fs. 11 y 12 vta.) la actora solicitó al Juez dicte resolución sobre la cancelación de obligación que realizó el 26 de julio de 2000, y de esa forma determine la suspensión definitiva del proceso ordinario, sin valor la subasta y remate del inmueble de su propiedad. Por Auto de 23 de abril de 2003 (fs. 14) el Juez Sexto de Partido en lo Civil rechazó la petición de la actora por considerar que ya estaba resuelta mediante el citado Auto de Vista de 12 de octubre de 2001.