AUTO CONSTITUCIONAL 0013/2005-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0013/2005-O

Fecha: 06-Dic-2005

II.1.

 II.1. La SC 410/2004-R, revocó la Resolución  7/2003 dictada el  19 de diciembre de 2003 por el Juez de de Partido Mixto Liquidador y de Sentencia de Tupiza, Distrito Judicial de Potosí,  declaró  procedente el recurso y dispuso la restitución del recurrente a su cargo de Concejal y en su calidad de Presidente del Concejo Municipal de Cotagaita, “debiendo el Juez de amparo  dar aplicación a lo dispuesto por el art. 102-II de la precitada Ley -en referencia a la Ley 1836- con relación a la calificación de responsabilidad civil contra los recurridos”.