SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0096/2005
Fecha: 01-Dic-2005
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente impugna el Auto de Vista 518 de 3 de septiembre de 2005, dictado por los recurridos; porque fue tramitado conforme las formalidades procesales establecidas para las apelaciones en efecto suspensivo, no obstante que se trata de una apelación concedida en efecto devolutivo lesionando el debido proceso y la seguridad jurídica; siendo además emitido fuera del plazo previsto por el art. 245 del CPC; vale decir, cuando los recurridos perdieron competencia, conforme disponen las normas del art. 208 del citado CPC. En consecuencia, corresponde analizar lo planteado y resolver si los recurridos al emitir la Resolución impugnada incurrieron en los presupuestos del art. 31 de la CPE y 79.II de la LTC, a fin de declarar fundado o infundado el recurso.