SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1587/2005-R
Fecha: 09-Dic-2005
II.1.
II.1. El 5 de septiembre de 2005 sentó denuncia por atraco y violación por Elvira Pinedo de Castro (fs. 4 Anexo). Por requerimiento de 6 del mismo mes y año (fs. 6 Anexo), el fiscal de Materia corecurrido Dorian Jiménez Camacho dispuso que se proceda a la apertura del caso y al inicio de la investigación preliminar. Por decreto del mismo día, cumplidas como estaban las ocho horas de arresto, el nombrado Fiscal de Materia ordenó la libertad del representado de la actora y otros, y su citación para el 8 de septiembre a horas 9:00 a fin de recibir sus declaraciones informativas policiales (fs. 11 Anexo). En la misma fecha, el Fiscal corecurrido dio aviso del inicio de la investigación al Juez cautelar (fs. 16).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- b)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- no resulta compatible con el sistema de garantías previsto en el ordenamiento aludido, acudir directamente o de manera simultánea a la justicia constitucional, intentando activar la garantía establecida por el art. 18 constitucional, ignorando los canales normales establecidos.
- III.3.
- III.4.