SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1611/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1611/2005-R

Fecha: 09-Dic-2005

II.3.

II.3.  A través del aviso de visita del 22 de abril de 2005, el oficial de diligencias de cobro coactivo de la Gerencia GRACO La Paz hizo constar su apersonamiento al domicilio de la empresa constructora Queiroz Galvao S.A. para notificar a su representante legal con el Pliego de Cargo 005-05, de 21 de marzo, pero al no haber sido encontrado dejó aviso que retornaría el 25 de abril a horas 11:50 para su legal notificación (fs. 9).

         Mediante el segundo aviso de visita de 25 de abril de 2005, consta que el Oficial de Diligencias de cobro coactivo de la Gerencia GRACO La Paz se apersonó nuevamente al domicilio indicado a efectos de notificar al representante legal de la empresa constructora Queiroz Galvao S.A., pero tampoco fue encontrado, comunicándole que hará la representación correspondiente a efectos de dar cumplimiento con el art. 85.II del CTB (fs. 8).