Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1619/2005-R
Fecha: 12-Dic-2005
II.6.
II.6. Por Auto de 25 de julio de 2005, la recurrida de oficio dejó sin efecto los proveídos de 12, 16 y 25 de julio de 2005 con el fundamento de que la Resolución de 17 de junio de 2005 fue recurrida en apelación por la Fiscal de Materia y por no encontrarse ejecutoriada dicha resolución (fs. 33 vta.).