SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1645/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1645/2005-R

Fecha: 19-Dic-2005

II.1.

II.1.  Ricardo Yamil Baddour Dabdoub, a nombre del Banco Unión S.A., en 6 de julio de 2001 (fs. 13 y 14 vta.), interpuso demanda ejecutiva contra la sociedad comercial Gran Hotel Santa  Cruz S.R.L. representada por Lorgio Renato Leigue Ribera, y contra sus garantes Rosa Inés Ribera Vda. de Snow y María Teresa Ribera Ortiz, señalando como domicilio de los ejecutados, la calle Pari 59 de la ciudad de Santa Cruz. En 3 de agosto de 2001 (fs. 16), el Oficial de Diligencias del Juzgado Tercero de Partido en lo Civil y Comercial representó ante el titular de ese despacho que se presentó en el inmueble ubicado en calle Pari 59 “con el objeto de citar al representante de la mencionada Sociedad Comercial -Gran Hotel Santa Cruz S.R.L.-  Lorgio Renato Leigue Rivera” (sic), siendo informado por la secretaria Michel Añez que no se encontraba, por lo que dejó aviso y retornó al día siguiente, pero tampoco lo encontró. La misma representación realizó respecto de las garantes y co-ejecutadas Inés Ribera Vda. de Snow y María Teresa Ribera Ortiz (fs. 17). El Juez ordenó la citación por cédula (fs. 16 vta. y 17 vta.), la que se hizo efectiva el 9 de agosto de 2001 (fs. 18 y vta.).