Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1645/2005-R
Fecha: 19-Dic-2005
III.3.
III.3. Es imprescindible remarcar que en los recursos que dieron lugar a las SSCC 1209/2002-R y 1473/2003-R, invocadas por la hoy actora, se manifestó y demostró claramente que los recurrentes en esos casos tenían domicilios reales distintos a aquellos en los que se practicó la citación con las demandas, de modo que se declaró la procedencia de tales acciones tutelares al constatarse la conculcación de derechos y garantías fundamentales; en cambio en el asunto que ahora se examina, no se ha acreditado el domicilio en que residiría la poderconferente.