Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1663/2005-R
Fecha: 19-Dic-2005
II.2.
II.2. Por memorial presentado el 22 de abril de 2005 a la Dirección Departamental de Educación de Tiquipaya, el recurrente solicitó fotocopia legalizada de la denuncia que originó el memorando de 18 de marzo, en caso de no existir denuncia se le franquee certificación en el que conste ese extremo (fs. 6)
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- procedente
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- la persona adquiere el derecho de obtener pronta resolución
- El derecho de petición
- Fragmento 12
- III.3.
- APROBAR