SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1688/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1688/2005-R

Fecha: 19-Dic-2005

II.6.

II.6.   La Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, por Resolución 071/03 SSA-III, de 15 de abril de 2003, confirmó la Sentencia 118/2001, de 30 de agosto, con el argumento de que el recurrente no cumplió con los requisitos previstos por el art. 227 del Código de procedimiento civil (CPC), es decir, la falta de fundamentación, lo que impidió su consideración (fs. 53), Resolución con la que el demandado fue notificado mediante copia fijada en la Secretaría de Cámara, no consta en obrados prueba que demuestre que el recurrente se hubiera apersonado ante la referida sala.