SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0185/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0185/2005-R

Fecha: 07-Mar-2005

II.2.

II.2.  El 4 y 22 de agosto de 2003 el director de la Unidad Educativa Villa Bolívar emitió memorandos de llamada de atención con descuento y llamada de atención por reincidencia en faltas leves contra el recurrente, que se negó a firmar la recepción de los mismos (fs. 36 a 37). El 25 de agosto del mismo año, el Director de la Unidad Educativa Villa Bolívar envió nota al Director Distrital de Educación de Villa Tunari informando sobre las actitudes y faltas asumidas por el recurrente, dejándolo a su disposición  (fs. 38 y vta.).