Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0187/2005-R
Fecha: 07-Mar-2005
II.2.
II.2. El 8 de marzo de 2004, el recurrido informó al Juez de Instrucción de turno en lo Penal, que Jorge Vaca Ribera Nagamatzu, sentó denuncia de robo del vehículo descrito precedentemente, informe que fue recibido por el Juez Primero de Instrucción en lo Penal el 12 de marzo (fs. 2 de la documentación adicional-doc. ad.-).