Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0187/2005-R
Fecha: 07-Mar-2005
II.9.
II.9. El 3 de agosto de 2004, el recurrente solicitó al Juez Primero de Instrucción en lo Penal, se pronuncie sobre la incautación y el ilegal secuestro de su vehículo dispuesto por el recurrido mediante requerimiento de 28 de julio para que pase a dependencias del COA, pidiendo además la devolución de la prueba que aportó (fs. 11 y 12); a lo que la autoridad jurisdiccional, mediante proveído de 5 de agosto, rechazó la solicitud presentada para que se “desecuestre” (sic.) el vehículo, pues el recurrido dispuso que el vehículo indocumentado pase a dependencias del COA y se franquee las fotocopias legalizadas (fs. 13).