SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0205/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0205/2005-R

Fecha: 10-Mar-2005

FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La recurrente manifiesta que presentó denuncia ante la PTJ contra Alina Castillo Barrientos y otros, habiéndose radicado la causa en el Tribunal de Sentencia Primero, donde el 10 de febrero de 2004 se inició la fase procesal, interponiendo  los acusados la excepción de falta de acción y la extinción de la demanda, la misma que fue declarada probada, declarándose la extinción de la acción penal a favor de todos los imputados; que, en apelación, la Sala Penal Segunda confirmó el fallo impugnado, sin considerar que el Fiscal formuló acusación dentro de los seis meses contra los encausados, a lo que se añade  que para que opere la extinción en toda causa penal, se debe cumplir con lo que prevé el art. 134, segunda parte del CPP, es decir que tiene que existir conminatoria expresa del Juez cautelar ante el Fiscal de Distrito para que  acuse o presente solicitud conclusiva en el plazo de cinco días, y en caso de inobservancia se declarará expresamente la extinción de la acción, de manera que la extinción no se opera de hecho por el transcurso de los seis meses, sino que corresponde a la parte interesada solicitar al Juez cautelar que conmine al Fiscal de Distrito para que observe el art. 134 del CPP. En consecuencia, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales referidos a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.