Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0219/2005-R
Fecha: 16-Mar-2005
II.2.
II.2. La audiencia pública de amparo se efectuó el 5 de octubre a horas 15:00 (fs. 182). A horas 17:45 del mismo día (fs. 203 y 204), Grover Monroy Aliaga y Yamjil Edgar Rocabado Villegas se apersonaron como terceros interesados y solicitaron se tenga presente lo alegado en su escrito; empero, por decreto de la fecha, la Presidenta del Tribunal del recurso, expresó que no habiendo acreditado legitimación activa ni pasiva en el proceso, no ha lugar a su consideración.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso.
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- “III.1
- III.2 Intervención de terceros dentro de los procesos
- III.2.1.
- El principio constitucional antes señalado es aplicable a los recursos de amparo constitucional
- III.2.
- ANULA OBRADOS