Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0252/2005-R
Fecha: 18-Mar-2005
I.2.1.
La abogada del recurrente ratificó el contenido de su demanda, añadiendo que la Jueza no sólo dejó en estado de indefensión a las partes al rechazar la prueba ofrecida dentro de plazo, sino que luego aprobó la liquidación en la suma de Bs 9.000.-, contra la que se pidió reposición bajo alternativa de apelación, recurso que no fue concedido, ordenándose que se libre el mandamiento de apremio.