Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0257/2005-R
Fecha: 18-Mar-2005
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
El recurrente, abogado y apoderado del representado, ratificó el recurso y manifestó: que la Resolución 141/04 de 20 de abril de 2004, resulta ser nula de pleno derecho porque el vocal Ángel Arequipa Chui, convocó al vocal de la Sala Penal Tercera Ramiro Sánchez Morales, sin haber convocado previamente a los vocales de la Sala Penal Segunda, vulnerando de ese modo su derecho al juez natural.