Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0271/2005-R
Fecha: 29-Mar-2005
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente alega detención indebida, bajo el fundamento de que el 11 de febrero de 2005, la Jueza recurrida le rechazó su pedido de cesación de su detención preventiva no obstante haber anulado obrados y dejado sin efecto su citación por edictos y su aprehensión, que contradictoriamente dejó subsistente la imputación formal que le hizo el Ministerio Público por supuestos delitos relacionados con la Ley 1008. En consecuencia, corresponde analizar, en revisión, si tales extremos son ciertos y si ameritan o no la protección que brinda el art. 18 de la CPE.