AUTO CONSTITUCIONAL 0006/2005-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0006/2005-O

Fecha: 08-Abr-2005

no comprende las aceras de los vecinos,

Ahora bien, si se tiene en cuenta que de acuerdo al informe presentado el 27 de enero de 2005 por el Alcalde Municipal de Punata en sentido de que el otorgamiento en alquiler de los sitios en la calzada de la calle Sucre no comprende las aceras de los vecinos, resulta contradictorio que se haya procedido a consignar el nombre de la actora en plena acera y que su puesto de venta en la realidad esté ubicada en ella, extremo que en definitiva es la base de la denuncia de incumplimiento de la SC 1465/2004-R, de modo que si bien la Alcaldía dejó sin efecto la clausura dispuesta que motivó el presente recurso, no es menos evidente que asignó a la actora un lugar de ventas distinto al adjudicado, lo que importa innegablemente un incumplimiento de la SC 1465/2004-R, que como se tiene referido, declaró probada la violación al derecho invocado y ordenó restituir el puesto de la actora en los límites de la adjudicación de 31 de marzo de 2004.