SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0022/2005
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0022/2005

Fecha: 05-Abr-2005

Fragmento 20

         De acuerdo a lo expuesto, el Concejo Municipal de Colcapirhua, al emitir la Resolución Municipal 035/2004, de 6 de octubre, actuó pon plena jurisdicción y competencia, ya que ejerció la competencia que le fue atribuida por la Ley de Municipalidades en el ámbito territorial en el que ejerce su jurisdicción, pues eligió al Consejero Departamental que le corresponde al Municipio de Colcapirhua, no habiendo ejercido potestad alguna dentro de los limites del Municipio de Quillacollo que hubieran significado la usurpación de las funciones del Concejo Municipal de ese Municipio, por lo que la situación demandada no se acomoda a los supuestos jurídicos previstos por las normas del art. 31 de la CPE para declarar la nulidad de la Resolución impugnada.