Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0281/2005-R
Fecha: 01-Abr-2005
I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
El Juez recurrido Jimmy López, informó alegando que actuó con jurisdicción y competencia como Juez Séptimo de Instrucción en lo Penal, pues hasta la fecha que dictó el Auto final de instrucción, el Tribunal Constitucional no se había pronunciado en sentido de que las causas que ingresaban con posterioridad al 31 de mayo de 2001, debían ser reguladas y tramitadas conforme al Código de procedimiento penal; y si bien los recurrentes se encuentran detenidos hasta la fecha, esto se debe a que el abogado que los patrocinó no observó oportunamente las omisiones que ahora denuncian.