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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0323/2005-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0323/2005-R

    Fecha: 07-Abr-2005

    APROBAR

    El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 18.III y 120.7ª de la CPE; arts. 7 inc. 8) y 93  de la Ley del Tribunal Constitucional, en revisión resuelve: APROBAR la Resolución de 9 de marzo de 2005, cursante de fs. 33 a 34, pronunciada por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz.

    • recurso de hábeas corpus
    • fs. 4 a 6 vta.,
    • fs. 13 a 14
    • improcedente
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
    • no implica que todas las lesiones al derecho a la libertad física tengan que ser necesariamente reparadas de manera exclusiva a través del hábeas corpus
    • eficaces y oportunos
    • No es posible acudir a este recurso, cuando el  ordenamiento jurídico prevé medios de impugnación específicos y aptos para restituir el derecho a la libertad, en
    • de apelación
    • es un recurso idóneo e inmediato de defensa contra supuestas lesiones y restricciones al derecho a la libertad de los  imputados
    • el Código de procedimiento penal, ha previsto un recurso expedito en resguardo del derecho a la libertad del imputado
    • III.3.
    • APROBAR

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