SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0323/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0323/2005-R

Fecha: 07-Abr-2005

III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO

El recurrente interpone recurso de hábeas corpus alegando que la autoridad judicial recurrida lo ha detenido indebidamente, al emitir la Resolución 20/2005, de 1 de marzo, de manera unilateral, sin la participación de los demás miembros del Tribunal Primero de Sentencia, sin que exista prueba respecto a la solicitud de revocatoria de la libertad provisional y sin que concurran los requisitos legales previstos por el art. 233 del CPP. En consecuencia, corresponde revisar la Resolución dictada por el Tribunal de hábeas corpus, a objeto de determinar si corresponde otorgar o negar la tutela solicitada, en cabal aplicación del art. 18 de la CPE.