Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0326/2005-R
Fecha: 08-Abr-2005
recurso de amparo constitucional
En revisión la Resolución 34/2004 de 6 de octubre, cursante de fs. 76 a 78, pronunciada por el Juez de Partido y Sentencia de Apolo, capital de la Provincia Franz Tamayo del Departamento de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Gregorio Cari Contreras contra José Lorenzo Ortiz Tórrez, Carlos Mateo Olaguivel Jiménez, Simeón Pablo Enríquez Salas, Jaime Alfredo Zeballos Molina y Dora Yola Sea de Zambrana, alcalde y concejales munícipes de Apolo, respectivamente, alegando vulneración al principio de presunción de inocencia y la garantía del debido proceso, previstos en el art. 16.I y IV de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- [sanción que] permite la suspensión de concejales en forma automática, a la sola comprobación de los hechos que la origine y la Resolución sólo será de carácter formal o sea
- Salvo los casos de suspensión temporal o definitiva previstos líneas arriba, en cuyo caso la suspensión procederá en forma automática a la sola comprobación de los hechos que la originen y la Resolución será sólo de carácter formal
- III.2.