Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0328/2005-R
Fecha: 08-Abr-2005
I.2.1.
El abogado del recurrente, ratificó in extenso el contenido de su demanda acusando la falta de personería de Hugo Yáñez Rivera para intervenir en el proceso concursal en representación del Banco Mercantil S.A., con el argumento de que el poder acompañado por el nombrado, al memorial de 13 de agosto de 2004, carece de validez por tratarse de fotocopia legalizada, ya que el Notario no puede extender copias fotostáticas legalizadas ni copias fotostáticas de testimonios originales, sino únicamente testimonio, previa orden judicial.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1.
- a)
- i)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- cuando se utilizó un medio de defensa útil y procedente para la defensa de un derecho, pero en su trámite el mismo no se agotó, estando al momento de la interposición y tramitación del amparo, pendiente de resolución
- III.3.
- APRUEBA