SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0343/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0343/2005-R

Fecha: 12-Abr-2005

i)

En el informe que corre de fs. 128 a 129 vta., los Vocales co-recurridos, manifiestan que: i) dejaron sin efecto la apelación concedida contra la Resolución 438/2002 mediante Auto 259/2004, tomando en cuenta que siendo una apelación  contra un auto interlocutorio simple, no definitivo, el plazo para plantearla es de tres días, y el recurrente fue notificado el 23 de enero de 2003 a horas 17:10, y la apelación fue interpuesta a los seis días, el 29 de enero a horas 10:00, fuera del término legal; ii) la Resolución 439/2002 fue confirmada porque los aspectos denunciados en la alzada respecto del nombramiento y actuación del síndico, no fueron demostrados; iii) la parte recurrente tenía la facultad de pedir complementación y enmienda contra el Auto de Vista que impugna, pero no lo hizo. Piden se declare improcedente el amparo, con costas y multa.