Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0365/2005-R
Fecha: 13-Abr-2005
amparo constitucional
En revisión el Auto de Rechazo de recurso de 29 de octubre de 2004, cursante a fs. 12, pronunciado por la Sala Civil de la Corte Superior del Distrito Judicial del Beni, en el recurso de amparo constitucional interpuesto por Guillermo Ortiz Melgar, Director Regional de Administración de Aeropuertos y Servicios Auxiliares a la Navegación Aérea (AASANA) Beni-Pando, contra Enrique Arteaga Aguilera, Juez Primero del Trabajo y de Seguridad Social, Orlando Alvarez Parada y Percy Solares Chávez, vocales de la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Beni, no señala ningún derecho como vulnerado.
- amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1.
- Vargas Ribera,
- 1.2.3.
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- II.1.
- Fragmento 8
- Fragmento 9
- fundamento (art. 97.III de la LTC)
- la causa de pedir”
- 1)
- restablecer el derecho o la garantía vulnerados o amenazados. (art. 97.VI de la LTC)
- III.2. Rechazo in límine por inobservancia de requisitos de contenido
- el abogado del recurrente, pretendiendo actuar en nombre del actor sin poder alguno
- APRUEBA