SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0365/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0365/2005-R

Fecha: 13-Abr-2005

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El Tribunal de amparo rechazó el recurso de amparo al considerar que la parte recurrente no subsanó los defectos extrañados dentro del plazo otorgado, toda vez que el memorial que presentó con ese objeto no lleva su firma. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si dicho rechazo fue resuelto en correcta aplicación de las normas previstas por los arts. 97 y 98 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC).